Una de las preguntas que más aparece en los correos que recibimos es esta: "¿Pero cómo puedo reclamar si el coche me lo vendieron legalmente y tengo la factura?" La gente asume que una vez firmada la compraventa, lo que pase después es su problema. Y no es así. No siempre.
Existe un concepto jurídico que cambia completamente esa lógica: el vicio oculto. No es un término moderno ni una invención de los abogados de consumidores. Está en el Código Civil español desde hace más de un siglo. Y en el caso del motor PureTech, encaja a la perfección.
La definición legal, en lenguaje normal
El artículo 1484 del Código Civil dice que el vendedor está obligado al saneamiento por los defectos ocultos que tenga la cosa vendida si la hacen impropia para el uso al que se le destina o si disminuyen de tal modo ese uso que, de haberlos conocido el comprador, no la habría adquirido o hubiera dado menos precio por ella.
Artículo 1484 CC: "El vendedor estará obligado al saneamiento por los defectos ocultos que tuviere la cosa vendida, si la hacen impropia para el uso a que se la destina, o si disminuyen de tal modo este uso que, de haberlos conocido el comprador, no la habría adquirido o hubiera dado menos precio por ella."
Traducido: si te vendieron algo con un problema que no podías ver, que no te explicaron, y que de haberlo sabido te habría llevado a no comprarlo (o a pagar menos), tienes derecho a reclamar. Y ese derecho existe independientemente de si el vendedor sabía o no del defecto.
Cuatro requisitos que debe cumplir un vicio oculto
La jurisprudencia ha concretado bastante bien qué tiene que darse para que hablemos de vicio oculto en sentido legal. Son cuatro condiciones:
- Que el defecto existiera antes de la venta. No puede ser algo que surgió por el uso o el tiempo después de la compra. Tiene que ser un problema que estaba ahí desde el principio, aunque no fuera visible.
- Que fuera desconocido para el comprador. Si el vendedor te dijo que el coche tenía ese problema y tú lo compraste igual, no hay vicio oculto. El engaño o la omisión es parte esencial del concepto.
- Que sea grave. Un defecto cosmético menor no cuenta. Tiene que afectar al uso normal del bien o reducir significativamente su valor o utilidad.
- Que no fuera detectable con una inspección normal. Si cualquier comprador medianamente diligente podía verlo a simple vista, el comprador tenía que haberlo descubierto antes de firmar.
El motor PureTech supera los cuatro con nota. Veámoslo punto por punto.
Por qué el PureTech es un vicio oculto casi de manual
El defecto existía antes de la venta. Stellantis comenzó a recibir alertas sobre problemas en la cadena de distribución del motor EB2 ya en 2013-2014, apenas dos años después de su lanzamiento. Los primeros TSBs —avisos técnicos internos para talleres— datan de 2015. Los propietarios que compraron coches con este motor entre 2015 y 2021 lo compraron con un defecto ya conocido dentro de la empresa.
Era desconocido para el comprador. ¿Alguien te dijo en el concesionario que la cadena de distribución podía romperse antes de los 100.000 km? ¿Que el motor podía consumir aceite de forma anormal? ¿Que en condiciones de frío la lubricación era insuficiente? Si la respuesta es no, el defecto era oculto para ti.
Importante: El artículo 1485 del Código Civil establece que el vendedor responde por los vicios ocultos aunque no los conociera, a menos que se hubiera pactado expresamente lo contrario. En la práctica, esto significa que Stellantis no puede escudarse en que "no sabía" para evitar la responsabilidad.
Es grave. Un motor que puede dejar el coche parado por rotura de cadena, que consume aceite de forma anormal o que presenta fallos estructurales que requieren reparaciones de entre 1.500 y 4.000 euros no es un defecto menor. Afecta directamente a la fiabilidad y seguridad del vehículo, y reduce sustancialmente su valor de mercado.
No era detectable. Esto es clave. El defecto del PureTech es estructural: está en el diseño de la guía tensora de la cadena, en la viscosidad del aceite recomendado y en el sistema de lubricación en arranques en frío. Ningún comprador, por mucho que examinara el coche antes de comprarlo, podía detectarlo sin una inspección técnica especializada que nadie realiza en una compra normal.
¿Qué diferencia hay entre reclamar por vicio oculto y por garantía?
Esta es una confusión habitual. La garantía comercial es el compromiso voluntario del fabricante de reparar o sustituir el producto durante un tiempo determinado (normalmente dos años en coches de empresa). Cuando caduca, muchos propietarios creen que pierden todos sus derechos. No es así.
La acción por vicios ocultos del Código Civil es independiente de la garantía comercial. No caduca cuando caduca la garantía. Lo que existe es un plazo para ejercitarla: en España, seis meses desde que el comprador descubrió el vicio, y en algunos casos hasta tres años dependiendo de cómo se aplique la normativa de consumidores. Pero ese plazo empieza a contar desde el conocimiento del defecto, no desde la compra.
Además, la Ley de Garantías vigente en España (que transpone la Directiva europea 2019/771) amplía considerablemente las posibilidades de reclamación para bienes de consumo con defectos de conformidad. El motor PureTech encaja también en esa normativa.
El reconocimiento tácito del fabricante
Hay un elemento que refuerza enormemente la posición del consumidor: las propias actuaciones de Stellantis. A lo largo de los años, el fabricante ha emitido actualizaciones de software para el motor, ha extendido garantías de forma selectiva para algunos modelos, y ha cambiado el diseño de la guía de cadena en versiones posteriores del motor. Cada una de esas actuaciones es una admisión implícita de que el problema existía.
Los tribunales han valorado esto positivamente en sentencias contra PSA y Stellantis tanto en España como en Francia y el Reino Unido. No es solo teoría jurídica: hay sentencias firmes que reconocen el vicio oculto del motor PureTech y obligan al fabricante a indemnizar.
¿Y si ya ha pasado mucho tiempo desde que compré el coche?
El plazo es el principal factor que puede cerrar la puerta a una reclamación, así que vale la pena entenderlo bien. El punto clave es que el plazo no empieza desde la compra, sino desde que tuviste conocimiento del defecto. Si acabas de leer sobre el problema del PureTech por primera vez, ese momento es ahora.
Si ya tuviste averías o reparaciones en las que el taller reconoció problemas con la cadena o el consumo de aceite, el plazo empezó entonces. Si nunca has tenido problemas y nadie te explicó que el motor tenía un defecto conocido, el plazo puede empezar a contar desde hoy.
En cualquier caso, lo más prudente es consultar cuanto antes. Un análisis gratuito de tu caso puede aclarar si estás dentro del plazo y qué opciones tienes.
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